Adulterio en Puerto Rico, divorcio, delito

Adulterio en Puerto Rico: ilegal, divorcio, delito. En muchos países, el adulterio es considerado un acto atroz, el cual atenta contra la moral de los integrantes de las familias afectadas. En la mayoría de los casos, esta práctica termina por destruir matrimonios, dando lugar a situaciones desagradables como peleas, divorcios y separación de familias.

Adulterio en puerto rico
Adulterio en puerto rico

En países como Puerto Rico, el adulterio no se limita a ser moralmente condenado, sino también legalmente. Estamos hablando de un país en el que el adulterio es considerado un delito, lo que acarrea serias consecuencias para las personas implicadas. En los próximos apartados entenderemos de qué manera se procesan los casos de adulterio en este país.

Código Penal de Puerto Rico, artículo 116

Debemos remitirnos a la tradición legal que presenta la ley de Puerto Rico, en este caso, el Código Penal de Puerto Rico. En la lectura del artículo 116, podemos apreciar las siguientes líneas:  

“Toda persona casada que tenga relaciones sexuales con una persona que no sea su cónyuge, incurrirá en delito menos grave.

El proceso por el delito de adulterio se instruirá dentro del año de haberse cometido el delito o de haber llegado este a conocimiento de la parte actora.

Si el delito de adulterio se comete por una mujer casada y un hombre soltero, o un hombre casado y una mujer soltera, el hombre soltero o la mujer soltera incurrirá en el delito de adulterio”.

A su vez, también podemos hacer lectura del artículo 89, el cual presenta la siguiente lectura:

«Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente»

Ilegal: Adulterio en Puerto Rico

Como pudimos leer previamente, el adulterio puede acarrear consecuencias legales tanto para el cónyuge como para la figura de tercero o tercera. De esta forma, el adulterio, junto con el bestialismo y el incesto, son actos penados por la ley.

Para que el caso de adulterio sea atendido por las autoridades de Puerto Rico, es preciso contar con ciertas condiciones al respecto:

  1. Que los implicados tengan más de 1 año residenciados en Puerto Rico.
  2. Así como los que cometen adulterio, el cónyuge afectado deberá tener 1 año al menos de residencia en Puerto Rico.
  3. El adulterio tendría que ser practicado en Puerto Rico.

Este país muestra lo mordaz que puede ser ante la práctica del adulterio. De hecho, existen algunas cláusulas que también penalizan la bigamia, exonerando solo a aquellos casos que puedan demostrar que la separación de cuerpos con sus cónyuges data de hace más de 5 años.

Así mismo, el señalado o señalada podría demostrar que no era consciente de su estado civil, lo que podría reducir sus cargos. Y es que estamos hablando de penas de 1 a 5 años por practicar la bigamia en Puerto Rico. La sentencia, en lo que respecta al tiempo, dependerá de las circunstancias de la bigamia.

En lo que concierne al adulterio, encontraremos que es posible aplicar divorcio por adulterio. Es decir, una persona puede solicitar un divorcio que ha sido víctima de adulterio por parte de su pareja. En este sentido, hablaremos del divorcio por adulterio, el cual forma parte de uno de los argumentos jurídicos del Código Penal de Puerto Rico específicamente.  

Divorcio

En Puerto Rico, el Código Civil de Puerto Rico facilita la herramienta de divorcio por adulterio. Esto, según la lectura del artículo 96 de dicho código, que cita que el adulterio se considera adulterio en el momento en el que uno de los cónyuges practica el comercio carnal con otra persona que no figura como su cónyuge.

Para estos casos, no se requiere de una evidencia contundente del adulterio. Se solicita, para este tipo de ponencias en tribunales, pruebas que corroboren siquiera que existía una relación entre los acusados, ya sea por medio de testimonios, material audiovisual o cierta documentación.

Su procedimiento inicia con la presentación de una solicitud de demanda ante el Tribunal de Primera Instancia, específicamente. Aquí, la víctima deberá explicar los detalles del caso, frente a la parte de mandada responsable del adulterio.

A su vez, el cónyuge acusado deberá ser notificado de esta demanda, de modo que este pueda corresponder el debido proceso legal. Así, este podrá hacerse de los recursos jurídicos necesarios para celebrar el juicio mismo. Se le otorga un plazo no mayor a 30 días para responder ante la demanda desde el momento en el que el cónyuge es notificado.

En su defensa, la parte demandada podrá defenderse y poner en tela de juicio todos aquellos argumentos en su contra. Para ello, tiene que presentar las debidas pruebas según asea el caso. En la mayoría de los casos, la parte demandada presenta una contra demanda.

Delito

Es importante aclarar que el delito por adulterio puede representar una sentencia de 6 meses de cárcel, junto con multas de hasta 500 dólares. Esto, según la lectura del artículo 129 del Código Civil de Puerto Rico (1974), en el cual podemos encontrar la siguiente lectura:

“Toda persona casada que tuviere relaciones sexuales con persona que no fuere su cónyuge, incurrirá en adulterio y será sancionada con pena de reclusión por un término que no excederá de seis meses, pena de multa que no excederá de quinientos dólares, o ambas penas a discreción del Tribunal. De igual forma, el Tribunal podrá imponer la pena de prestación de servicios en la comunidad en lugar de la pena de reclusión. 

El proceso por delito de adulterio se instruirá dentro del año de haberse cometido el delito, o de haber llegado este a conocimiento de la parte actora. 

Si el delito de adulterio se cometiere entre una mujer casada y un soltero, o un hombre casado y una mujer soltera, el hombre soltero o la mujer soltera incurrirá en el delito de adulterio y será sancionado con la pena correspondiente a dicho delito”.

El adulterio en Puerto Rico es un acto que puede representar serios problemas para quien se responsabiliza, tanto de manera indirecta como indirecta. Es decir, el cónyuge que rompe su pacto de lealtad como la tercera persona podrían enfrentar los mismos cargos, todo dependerá de las características de cada caso.

Sea cual sea el escenario, el adulterio es una práctica que resta valor a la moral de quienes lo practican, puesto que representa una ruptura a sus pactos juramentados tanto ante el Estado como la iglesia misma.

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