Apelacion ¿que es? Definición, concepto

Se habla por doquier de apelación, pero, sabemos ¿que es apelación? ¿conocemos los alcances del término?. Veamos.

La apelación[1] es sinónimo procesal de alzada; en este contexto sería un recurso jurídico: En términos generales puede decirse que es el que se interpone ante el juez superior para impugnar la resolución del inferior. En la legislación habitual se da contra las sentencias definitivas, las sentencias interlocutorias y las providencias simples que causen un gravamen que no pueda ser reparado por la sentencia definitiva. Dentro de los efectos de la apelación, tendríamos que en términos generales puede decirse que ellos son dos, pero disyuntivos: el devolutivo o el suspensivo. El primero consiste, según Couture, en desasir del conocimiento del asunto al juez inferior para someterlo al superior. El segundo, también de acuerdo con el citado autor, aquel por virtud del cual, y salvo disposición legal en contrario, la interposición del recurso suspende la ejecución de la sentencia apelada e impide su cumplimiento.

Apelación implica entonces el derecho de apelar, a recurrir a una segunda instancia, sea esta válida o no, como sucede con la apelación a la culpabilidad o la apelación a la lástima, por ejemplo.
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Todo este discurrir en el ámbito de la apelación me hace recordar de una anécdota al respecto:
“Un financiero abandonó la sala del tribunal antes de que finalizara un largo y enconado juicio. Dejó dicho que le mandaran un telegrama informándole del resultado.Concluido el juicio, el abogado le telegrafió diciendo: «Se ha hecho justicia». El cliente envió sin dilación la respuesta: «apele inmediatamente»”.[2]
[1] EL diccionario Jurídico Espasa dice: Derecho Procesal.
Se entiende por apelación al acto por el que la parte que se considera perjudicada por una resolución acude al órgano superior jerárquico al que la dictó intentando su modificación.
Traslativamente, se considera también apelación a toda la actividad a desarrollar para que ese superior jerárquico resuelva. Apelación, sin embargo, no es equivalente a segunda instancia.
Es cierto que a la segunda instancia se llega mediante la apelación, como acto en el que se muestra la disconformidad con la resolución dictada, pero para que exista verdadera segunda instancia es necesario que se haya agotado la primera instancia, mediante una resolución de fondo © Espasa Calpe, S.A.
[2] Janner Greville. Cómo hablar en Público. Ediciones Deusto S. A., Bilbao, 1992.
Leer también:Clases de argumentos

Ediciones: 2011-13-18

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